¿Es posible renovar residencia antecedentes penales?

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Siempre que vayamos a realizar un trámite de extranjería, debemos tener presente que el hecho de tener antecedentes penales será un impedimento no solo para la solicitud inicial sino para la renovación de esta.

Hoy hablaremos de la de los antecedentes penales, prescripción  y cómo podemos cancelarlos.

¿Qué son los antecedentes penales?

Cuando una persona ha sido condenada a una pena o medida de seguridad por parte de un Juez o Tribunal, estos remitirán la Sentencia al Registro Central de Penados para que se inscriba la resolución y la pena o medida de seguridad impuestas.

¿Cuál es la función de los antecedentes penales?

La información contenida en el Registro Central de Penados cumplen distintas funciones, entre otras para el caso de reincidencia, para determinar la pena en caso de reincidencia, para la suspensión de la ejecución de penas privativas de libertad.

Ahora bien, en extranjería para renovar una residencia o para solicitar una residencia inicial es requisito indispensable carecer de antecedentes penales. 

También es requisito escencial en el trámite de solicitud de nacionalidad española.

¿Cuándo puedo solicitar la cancelación de los antecedentes penales?

Es necesario que hayan transcurrido sin delinquir los siguientes plazos (artículo 136 CP)

  • 6 meses penas leves.
  • 2 años para las penas que no excedan de 12 meses y  para las impuestas por delitos imprudentes
  • 3 años para las restantes penas menos graves inferiores a 3 años.
  • 5 años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a 3 años 
  • 10 años para las penas graves.

¿Cómo se cumputan los plazos?

El plazo de tiempo durante el cual el reo no debe delinquir se cuenta desde el día siguiente a aquel en que queda extinguida la condena. 

¿Cómo se cancelan los antecedentes penales?

Una vez ha transcurrido el plazo sin cometer ningún delito, se deben cancelar los antecedentess. Dicha cancelación se puede producir de oficio o a instancia de parte. 

Lo habitual es que sea a instancia de parte, es decir, que el propio interesado solicita la cancelación de su antecedentes delictivos a la administración de Justicia, dirigiendo una solicitud en que consten el nombre y apellido, filiación, domicilio, fecha de nacimiento y DNI o NIE o Pasaporte. En la solictud debe constar también la causa por la que se solicita la cancelación.

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