Jura de la nacionalidad española una vez concedida

Jura de la nacionalidad española una vez concedida

 

 La Jura de la nacionalidad española es un de los trámites más importantes en el proceso de concesión de la nacionalidad. 

Jura de la nacionalidad española. 

Una vez tengamos la resolución de la concesión de la nacionalidad española.

En el plazo de 180 días, contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.

El interesado deberá cumplir con el requisito de la jura.

Deberá prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes.

Cumpliendo así con los requisitos del artículo 23 del  Código Civil:.

 

¿Donde acudo para la Jura de la nacionalidad?

Una vez recibida la notificación de la resolución de concesión, el interesado deberá acudir al Registro Civil de nuestro domicilio, para solicitar de forma expresa el cumplimiento de este trámite.

 

¿Puedo acudir a cualquier Registro civil para la Jura de la nacionalidad?

La respuesta es negativa, deberá acudir al Registro Civil que le corresponda según su empadronamiento actual.

Deberá comprobar si está habilitada la cita previa.  En Alicante la cita previa para la jura de la nacionalidad está en este link.

 

¿Que documento debo llevar a la jura?

En el caso de haber presentado la nacionalidad online, deberá acudir con la documentación que se presentó originalmente en la solicitud. 

Previamente al acto de jura e inscripción, el Encargado del Registro Civil comprobará con la documentación original, la autenticidad de la documentación escaneada y aportada al expediente electrónico por el interesado o su representante. 

El procedimiento finalizará con la inscripción de la adquisición de la nacionalidad española en el Registro Civil del domicilio en España del interesado.

La inscripción deberá producirse en el plazo de cinco días desde el acto de jura o promesa y renuncia en su caso a la nacionalidad anterior.

 

Obtención del DNI y pasaporte español.

Una vez obtenido el certificado de nacimiento en el Registro civil del domicilio de residencia,  se procederá a solicitar la cita previa en la comisaría de policía a fin de obtener el DNI y pasaporte.

Seguidamente con la nueva documentación deben de realizarse los trámites de comunicación de cambio de datos relativos al DNI, número de identificación y nacionalidad, ante los diferentes organismos públicos: padrón, TGSS, AEAT, DGT, etc. y privados, como entidades bancarias, etc.

Si necesita ayuda, consulte sin problema con nuestro equipo.

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