El Ministerio del Interior ha publicado una nota informativa sobre las autorizaciones de residencia temporal por razones humanitarias vinculadas a protección internacional, introduciendo cambios muy relevantes para muchas personas extranjeras, especialmente ciudadanos venezolanos que actualmente disponen de este tipo de autorización en España.
Dejo aquí el texto, por si te interesa leerlo. «Texto completo modificación razones humanitarias «
En este artículo explicamos qué supone esta modificación, desde cuándo entra en vigor y quién podrá solicitar la modificación de su autorización de residencia.
Entrada en vigor del nuevo sistema europeo de asilo
La nota informativa explica que el próximo 12 de junio de 2026 entra en vigor el denominado Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA) en toda la Unión Europea.
Este nuevo marco normativo europeo establece normas comunes sobre protección internacional, asilo y gestión migratoria, y afectará directamente a las autorizaciones de residencia temporal por razones humanitarias concedidas en España.
Según la propia nota del Ministerio del Interior, el nuevo Reglamento europeo pretende evitar que los distintos Estados miembros mantengan figuras nacionales que puedan generar confusión con la protección internacional.
¿Qué ocurrirá con las residencias por razones humanitarias?
Hasta ahora, España venía concediendo autorizaciones de residencia temporal por razones humanitarias a determinadas personas solicitantes de protección internacional, especialmente en algunos supuestos de ciudadanos venezolanos.
La nota informativa indica que estas autorizaciones se concedían conforme a los artículos 37.b) y 46.3 de la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
Sin embargo, el Ministerio del Interior señala expresamente que:
- A partir del 12 de junio de 2026 ya no se podrán conceder nuevas autorizaciones de residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional.
- Tampoco se podrán renovar estas autorizaciones.
La propia nota añade que esta decisión se adopta para cumplir con el nuevo marco europeo y evitar la confusión entre la protección internacional y otros permisos de residencia.
La novedad importante: sí se podrá modificar a otra residencia
Uno de los aspectos más importantes del documento es que se confirma la posibilidad de modificar determinadas autorizaciones por razones humanitarias hacia otros permisos de residencia y trabajo regulados en extranjería.
La nota explica que el Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, ha modificado el artículo 191.7 del Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024.
Gracias a esta modificación:
Desde el 16 de abril de 2026 se puede solicitar la modificación
El Ministerio del Interior indica expresamente que:
“A partir del 16 de abril de 2026, las personas titulares de autorizaciones de residencia temporal por razones humanitarias de protección internacional de carácter anual pueden tramitar su modificación”.
Esto significa que muchas personas que actualmente tienen residencia por razones humanitarias podrán pasar a otras autorizaciones de residencia y trabajo previstas en la normativa de extranjería española.
¿Todas las autorizaciones humanitarias pueden modificarse?
No.
La propia nota aclara que sigue existiendo imposibilidad de modificación para otras modalidades de residencia temporal por razones humanitarias, concretamente:
- las autorizaciones concedidas en casos de afluencia masiva de personas desplazadas;
- y otras autorizaciones previstas en normativa específica.
Por ello, resulta fundamental estudiar cada caso de manera individual antes de presentar la solicitud.
Importancia de actuar con tiempo
La nota informativa deja claro que el sistema cambia completamente a partir de junio de 2026.
Por ello, muchas personas extranjeras con residencia por razones humanitarias pueden necesitar valorar:
- si cumplen requisitos para modificar su autorización;
- qué tipo de residencia les corresponde;
- y cuál es el momento adecuado para iniciar el trámite.
Una solicitud incorrecta o presentada fuera de plazo puede generar problemas administrativos importantes.
Mi opinión como abogada de extranjería en Castellón
Desde mi punto de vista profesional, esta modificación puede resultar positiva para muchas personas extranjeras que actualmente tienen una residencia por razones humanitarias y desean estabilizar definitivamente su situación administrativa en España mediante autorizaciones de residencia y trabajo reguladas en la normativa de extranjería.
Sin embargo, también considero que esta reforma deja en una situación especialmente complicada a determinados colectivos vulnerables.
En la práctica, muchas personas titulares de residencia por razones humanitarias no podrán acceder fácilmente a una modificación porque no trabajan, no pueden acreditar determinados requisitos laborales o se encuentran en situaciones personales complejas.
Esto afecta especialmente a personas de mayor edad, próximas a la jubilación o incluso ya en edad de jubilación, que difícilmente podrán incorporarse al mercado laboral para cumplir determinados requisitos exigidos para algunas modificaciones de residencia.
Por ello, considero fundamental que cada caso sea estudiado de forma individualizada y con suficiente antelación, ya que no todas las personas afectadas se encuentran en la misma situación y las consecuencias administrativas pueden ser importantes a partir de junio de 2026.
Como abogada de extranjería en Castellón, estoy siguiendo muy de cerca esta modificación normativa y analizando las posibles alternativas legales existentes para cada situación concreta.
Honorarios
La tramitación de modificación de autorización de residencia tiene un coste de:
350 € IVA incluido
(Tasas administrativas no incluidas).
Consulta y estudio de viabilidad
Si tienes una autorización de residencia por razones humanitarias y quieres saber si puedes modificarla a otro permiso de residencia y trabajo en España, puedes solicitar una consulta jurídica personalizada en Castellón o de forma online.
Especialmente importante para personas que actualmente disponen de residencia humanitaria derivada de solicitudes de protección internacional.