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Si te has divorciado en el extranjero y necesitas que esa sentencia tenga validez en España habrás oído del Exequátur.
En este artículo te explico todo.
Reconocimiento y ejecución en España de las decisiones judiciales extranjeras
El artículo 523 de la Ley de enjuiciamiento civil nos dice que se deberá tener en cuenta los tratados internacionales y en todo caso se aplicara la Ley 29/2015. de cooperación jurídica internacional.
Pues bien, la sentencia concreta de la que hablamos hoy, es una sentencia de divorcio en el extranjero.
Como ya sabemos por el artículo post de la semana anterior. Para que el divorcio celebrado en el extranjero de un ciudadano español quede registrado en el Registro Civil central, es necesario que dicha sentencia sea reconocida en España.
De tal forma, es necesario instar un procedimiento de Exequátur en España.
¿Qué requisitos se exigen?
Es necesario que la resolución extranjera sea firme, es decir no esté en fase de recurso que no sea contraria al orden público.
Siempre que ese divorcio no esté pendiente en España, ni evidentemente se hayan divorciado en España, además es importante destacar que si la norma española establece que la competencia de ese divorcio era de los Juzgados españoles, tampoco podrá iniciarse el exequátur y por último la sentencia no puede instarse en rebeldía de uno de los cónyuges. Esto implica que ambos deberán haber firmado el divorcio si es mutuo acuerdo o acudir a juicio y ser notificados si es contencioso.
Procedimiento de Exequátur
La competencia la tienen los Juzgados de primera instancia del domicilio del solicitante que es a quien se refieren los efectos de la resolución extranjera.
Las partes deben estar representadas por procurador y asistidas por abogado, se inicia mediante demanda.
Los documentos que se deben presentar:
- El original o copia auténtica de sentencia, debidamente legalizado o apostillado.
- El documento que acredite, si la resolución se dictó en rebeldía, la entrega o notificación de la cédula de emplazamiento o el documento equivalente.
Se dará audiencia a las partes y se informará al Ministerio Fiscal.
Una vez se obtenga Exequátur el propio juzgado inscribirá dicho divorcio en el Registro Civil Central.