Saltar al contenido

¿Cómo obtener mi estancia por estudios en España?

Si estás pensando en realizar tus estudios en España, ya sea un máster, grado universitario, doctorado, etc.

Es necesario que conozcas los requisitos y trámites necesarios para obtener ese permiso de estancia. 

En nuestro equipo contará con un abogado experto en extranjería.

 

¿Qué es el permiso de estancia por estudios? 

Es una autorización que habilita a permanecer en España por un período superior a noventa días para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa a tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

 

Requisitos para solicitar estancia por estudios en España

 

¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar el permiso de estancia por estudios? 

No pertenecer a un Estado de la Unión Europea.

No tener prohibida la entrada en España .

Tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares

Contar con un seguro público o privado de enfermedad.

En el supuesto de estudiantes menores de edad que no vengan acompañados de sus padres o tutores, autorización de éstos.

Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado en España.

En el caso de que la duración de la estancia supere los seis meses, se requerirá:

Cuando se trate de mayores de edad penal, carecer de antecedentes penales en España.

No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública.

 

sobre los medios económicos 

Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia. Es decir, que si tienen vivienda en propiedad o tiene pagado el alquiler por el tiempo de estancia, se deberá demostrar por cualquier medio en derecho.

En el año 2020 el IPREM está calculado de la siguiente forma: 537,84 € mensual  de tal forma que  anual es necesario demostrar un patrimonio de 6.454,03 €. Si el extranjero tiene acceso a una vivienda, entonces el monto puede variar.

En caso de que el extranjero con familiares reagrupados será necesario demostrar, el 75% del IPREM para el primer familiar  y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas , salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento por todo el tiempo que haya de durar la estancia.

 

sobre el certificado de salud 

El certificado que demuestre el estado de salud del solicitante deberá expresar que el paciente analizado, “no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005(Artículo 38.1.a) 5.º del Reglamento de Extranjería).

 

sobre la admisión en un centro de estudios español

Deberá ser un centro autorizado por España para ofrecer formación. De duración completa y no será posible en el caso de que la formación sea online.

Los estudios podrán ser para:

  • Realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa de tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
  • Realización de actividades de investigación o formación.
  • Participación en un programa de movilidad de alumnos, para seguir un programa de enseñanza secundaria y/o bachillerato en un centro docente o científico oficialmente reconocido.
  • Realización de prácticas no laborales en un organismo o entidad pública o privada.
  • Prestación de un servicio de voluntariado dentro de un programa que persiga objetivos de interés general.

 

¿Cómo se tramita el permiso de estancia por estudios?

Deberá presentar la solicitud de visado de estudiante el  estudiante, personalmente. Si es menor de edad, sus padres, tutores o representante debidamente acreditado, personalmente.

Y deberán acudir  a la misión diplomática u oficina consular española en cuya demarcación resida el extranjero o en España siempre que le falte un mes para que le venza su permiso de estancia.

 El plazo de resolución para notificar la resolución es de un mes contado a partir del día siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud en la oficina consular competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya dado respuesta expresa, se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.

 

Si me han concedido la estancia

El visado concedido deberá ser recogido en el plazo de dos meses desde la notificación. De no efectuarse la recogida en el plazo mencionado, se entenderá que el interesado ha renunciado al visado concedido y se producirá el archivo del procedimiento.

La duración de la estancia que se conceda será igual a la de los estudios que se vayan a realizar, con el límite máximo de un año.

 

Tarjeta de Identificación de Extranjero

En el supuesto de que la estancia por estudios tenga una duración superior a seis meses, el extranjero deberá solicitar personalmente la tarjeta de identidad de extranjero en el plazo de un mes desde la entrada en España, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.

El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará:

Solicitud de tarjeta de extranjero, en modelo oficial (EX-17)

Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.

Una fotografía reciente en color, en fondo blanco, tamaño carné.

El estudiante puede venir acompañado de sus familiares, y también puede ser autorizado a realizar actividades lucrativas por cuenta ajena o por cuenta propia, siempre que la actividad sea compatible con la realización de los estudios, y los ingresos obtenidos no tengan el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia. De este tema hablaremos en el próximo post.

Si necesitas ayuda para tramitar tu estancia por estudios, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Call Now ButtonPida cita